Normativa 3 de noviembre 2008-
Las titulaciones
y sus atribuciones siguen siendo las mismas, salvo para PNB que
aumenta de 6 a 7,5 metros de eslora. En cuanto a los requisitos
para obtenerlas, las cosas cambian. Respecto a las prácticas, para
Capitán de Yate pasan de 20 a 48 horas y las de Patrón de Yate de
20 a 24 horas, si bien permiten realizarlas de forma continuada,
sin interrupción. Para PER pasa de 12 a 16 horas y para PNB de 4 a
12 horas. Las de vela de 16 a 20 horas.
Atribuciones y requisitospara los nuevos Patrones y Capitanes
Respecto a
las atribuciones y requisitos para la obtención de
titulaciones náutica de recreo se establecen algunos cambios
con la anterior normativa. Los requisitos se resumen en la
ampliación de las horas de prácticas, la aparición de las
prácticas de radiocomunicaciones y la ampliación del temario
del examen teórico. Respecto a las atribuciones, lo mas
llamativo, es una ligera ampliación en la eslora máxima
permitida para los poseedores del título de Patrón de
Navegación Básica.
Podrá
obtenerse el título de Patrón de Navegación Básica o
directamente el de Patrón de Embarcaciones de Recreo sin
tener alguna titulación previa. Para ello será necesario ser
mayor de edad o tener 16 años y presentar una autorización
paterna.
Patrón
de Navegación Básica (P.N.B).
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo de
hasta 8 metros de eslora si son de vela y de hasta 7,5
metros de eslora si son de motor, con la potencia de motor
adecuada a la misma, siempre que la embarcación no se aleje
mas de 5 millas, en cualquier dirección de un abrigo. Además
podrá gobernar motos acuáticas.
Requisitos: Aprobar el examen teórico correspondiente,
acreditar el reconocimiento médico, acreditar la realización
de unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya
duración no podrá ser inferior a 12 horas y que se
realizarán en una embarcación de una escuela homologada y
realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones
cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas.
Patrón
de Embarcaciones de Recreo (P.E.R).
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a
motor o a motor y vela de hasta 12 metros de eslora, para la
navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la
costa y la linea paralela a la misma trazada a 12 millas,
así como la navegación interinsular en los archipiélagos
balear y canario. Además podrá gobernar motos acuáticas.
Requisitos: Aprobar el examen teórico correspondiente,
acreditar el reconocimiento médico, acreditar la realización
de unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya
duración no podrá ser inferior a 16 horas y que se
realizarán en una embarcación de una escuela homologada y
realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones
cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas.
Patrón
de Yate.
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a
motor o a motor y vela de hasta 20 metros de eslora, para la
navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la
costa y la linea paralela a la misma trazada a 60 millas,
así como la navegación interinsular en los archipiélagos
balear y canario. Además podrá gobernar motos acuáticas.
Requisitos: Estar en posesión del título de Patrón de
Embarcaciones de Recreo, aprobar el examen teórico
correspondiente, acreditar el reconocimiento médico,
acreditar la realización de unas prácticas básicas de
seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior
a 24 horas, de las cuales, al menos, 8 horas serán de
navegación nocturna, y que se realizarán en una embarcación
de una escuela homologada y realizar las prácticas
reglamentarias de radiocomunicaciones cuya duración no podrá
ser inferior a 4 horas.
Capitán
de Yate.
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a
motor o a motor y vela para la navegación sin límite alguno,
cualquiera que sea la potencia del motor y las
características de la embarcación. Además podrá gobernar
motos acuáticas.
Requisitos: Estar en posesión del título de Patrón de
Yate, aprobar el examen teórico correspondiente, acreditar
el reconocimiento médico, acreditar la realización de unas
prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración
no podrá ser inferior a 48 horas, de las cuales, al menos,
12 horas serán de navegación nocturna, y que se realizarán
en una embarcación de una escuela homologada y realizar las
prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones cuya
duración no podrá ser inferior a 8 horas.
Habilitación a vela.
Para el
manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener
previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual
será necesario realizar, además de las prácticas básicas de
seguridad y navegación establecidas para cada título,
prácticas en embarcaciones de vela. Su duración no podrá ser
inferior a 20 horas para los títulos de Patrón de
Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate y
no podrá ser inferior a 8 horas para el título de Patrón de
Navegación Básica.
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Como novedad, se
establecen prácticas de radio en simuladores de las escuelas, de 8
horas de duración para los aspirantes a Capitán, de 4 para Patrón
de Yate, y de 2 horas para PER o PNB.
Nuevas prácticas de radiocomunicaciones
Como norma
general, podrán realizarse antes o después de superar el
examen teórico y tendrán una validez de 18 meses dentro de
los cuales habrá que superar el examen teórico y realizar
las prácticas básicas de seguridad y navegación. La
realización de estas prácticas será obligatoria para la
obtención de titulaciones
náuticas a partir del 3 de
noviembre del 2008.
Estas
prácticas se realizan en simuladores de las escuelas
náuticas que desde la consola del alumno simulan una
estación barco equipada con transceptor de VHF, de MF/HF,
ambos con DSC (llamada selectiva digital) y radiotelefonía,
sistema de navegación por satélite GPS/DGPS, receptor NAVTEX
y estación terrena de buque de inmarsat. Además la escuela
deberá contar con una radiobaliza por satélite de 406 MHz,
respondedor de radar de 9GHz y VHF portátil.
Durante
estas prácticas el alumno aprenderá los procedimientos para
emitir y recibir llamadas de socorro en radiotelefonía y en
DSC; llamadas de correspondencia pública, así como el uso y
cuidados de la radiobaliza, respondedores y receptores
Navtex.
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En cuanto a los
exámenes teóricos, se incluyen preguntas de tecnología de vela y
de radio en los de PNB y para los de PER se introducen preguntas
de vela y se establece que las preguntas de Propulsión Mecánica
serán eliminatorias. Los Patrones de Yate, tendrán que resolver
ejercicios sobre consumos en las preguntas de propulsión mecánica.
Los Capitanes de Yate tendrán que superar un nuevo examen de
Radiocomunicaciones.
¿Como serán los nuevos exámenes teóricos?
La nueva
normativa sobre titulaciones náuticas de recreo trae consigo
algunos cambios en el formato de los exámenes teóricos.
Destacamos principalmente la ampliación del temario y del
número de preguntas y la aparición de nuevos bloques de
preguntas eliminatorios que dificultarán un poco mas la
superación de la prueba.
El examen
teórico de Patrón de Navegación Básica constará como
máximo de una hora y 15 minutos. El test será de 40
preguntas, de las cuales, al menos 28 deberán ser resultas
correctamente para superarlo, además de responder
correctamente 7 de las 10 preguntas de reglamento de
abordajes, 2 de las 4 preguntas de balizamiento y 2 de las 4
preguntas de propulsión.
En cuanto
al examen teórico de Patrón de Embarcaciones de Recreo,
la duración máxima será de dos horas y 30 minutos. El test
tendrá 75 preguntas, de las cuales 53 deberán ser
contestadas correctamente para superar la prueba, además de
responder correctamente 11 de las 15 preguntas de reglamento
de abordajes, 2 de los 4 ejercicios de carta, 3 de las 5
preguntas de balizamiento y 3 de las 5 preguntas de
propulsión.
El examen
de Patrón de Yate seguirá en 5 pruebas
independientes, que podrán ser superadas en convocatorias
diferentes. Las asignaturas y la duración máxima del examen
de cada una de ellas son: Seguridad (30 minutos),
Navegación. Teoría y ejercicios de carta (2 horas),
Radiocomunicaciones (45 minutos), Meteorología y
oceanografía (30 minutos), Legislación (30 minutos).
El examen
de Capitán de Yate también seguirá divido en 6
pruebas independientes, que podrán ser superadas en
convocatorias diferentes. Las asignaturas y la duración
máxima del examen de cada una de ellas son: Teoría de la
navegación (1 hora), Cálculo de navegación (3 horas),
Meteorología y oceanografía (1 hora), Teoría del buque (1
hora), Inglés (Ejercicio escrito 30 minutos y ejercicio oral
15 minutos) y Radiocomunicaciones (1 hora).
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Pros y contras de la nueva normativa sobre títulos náuticos
La entrada en
vigor de la nueva normativa sobre titulaciones, debería significar
una mejor preparación práctica de los futuros patrones al aumentar
el número de horas de prácticas necesarias para obtener una
titulación: En Capitán de Yate serán necesarias 48 horas en vez de
las 20 de la normativa anterior, más 8 horas de prácticas de
radio; Para los Patrones de yate el número de horas asciende a 24
en vez de 20, más 4 horas de prácticas de radio; 16 horas en vez
de 12 para los Patrones de Recreo, más 2 horas de prácticas de
radio; 12 horas en vez de 4 para los Patrones Básicos, más 2 horas
de prácticas de radio, y 20 horas en vez de 16 para la
habilitación a vela. Es un incremento importante que, como
decíamos, debería traducirse en una mejor preparación práctica en
seguridad, navegación y comunicaciones de los futuros patrones.
En cuanto a la formación teórica, la obligatoriedad de que las escuelas para la formación teórica cumplan una serie de requisitos relativos a la idoneidad del profesorado, elevará la calidad de la enseñanza y erradicará el intrusismo en esta actividad.
En cuanto a la formación teórica, la obligatoriedad de que las escuelas para la formación teórica cumplan una serie de requisitos relativos a la idoneidad del profesorado, elevará la calidad de la enseñanza y erradicará el intrusismo en esta actividad.
Otra cuestión positiva de la nueva norma son las campañas de
divulgación sobre seguridad de la vida humana en la mar,
salvamento marítimo, contaminación y del sistema mundial de
socorro, que realizará la Dirección General de la Marina Mercante
en colaboración con otras instituciones entre las que cabe
destacar a las escuelas náuticas, con el fin de lograr un
comportamiento responsable de los futuros patrones.
Los aspectos negativos pueden resumirse en una inevitable elevación de los precios de la formación teórico-práctica; en el mayor número de horas que los alumnos tendrán que dedicar a su formación, y en los nuevos requisitos para superar los exámenes teóricos: Responder correctamente a dos de las cuatro preguntas sobre propulsión mecánica y a las preguntas sobre tecnología vélica que formularán a los Patrones de Recreo y de Navegación Básica. Para los Capitanes, aprobar una nueva asignatura: Radiocomunicaciones.
Los aspectos negativos pueden resumirse en una inevitable elevación de los precios de la formación teórico-práctica; en el mayor número de horas que los alumnos tendrán que dedicar a su formación, y en los nuevos requisitos para superar los exámenes teóricos: Responder correctamente a dos de las cuatro preguntas sobre propulsión mecánica y a las preguntas sobre tecnología vélica que formularán a los Patrones de Recreo y de Navegación Básica. Para los Capitanes, aprobar una nueva asignatura: Radiocomunicaciones.
En todo caso, esta nueva norma sigue adoleciendo del mismo defecto
de la anterior: Una formación teórica obsoleta en muchas
cuestiones, y pobre en las nuevas técnicas de navegación
electrónica como es el GPS, las cartas electrónicas, etc.
Se echan en falta
además algunas otras aclaraciones y medidas, como la validez de
las prácticas de cualquier comunidad autónoma, independientemente
de donde se tramiten estas. La unificación de criterios en todas
las comunidades autónomas respecto a los trámites, plazos de
matriculación, documentos necesarios, fechas de publicación de
examen, etc.
¿En qué me afecta la nueva normativa sobre titulaciones náuticas?
Los
titulados actuales seguirán en posesión de su título. A su
caducidad, les expedirán el título nuevo que, como se ha
dicho, tiene las mismas atribuciones que los actuales, salvo
el PNB que cambia de 6 a 7,5 metros.
Las personas que hubiesen aprobado su examen teórico con anterioridad a la entrada en vigor de esta nueva orden; es decir antes del pasado 3 de noviembre y que no hayan realizado las preceptivas prácticas, dispondrán de dieciocho meses a contar desde la fecha en que aprobaron su examen teórico, transcurridos los cuales sin haberlas realizado tendrían que realizar las prácticas reguladas en esta nueva orden incluidas las de radiocomunicaciones. Quienes estén realizando su curso ahora o esté pensando en obtener una titulación, se regirán por la normativa actual si aprueban o realizan sus prácticas antes del 3 de noviembre de 2008; es decir, no tendrán que realizar el incremento de horas de prácticas ni las prácticas de radio. Respecto a los alumnos de Capitán y Patrón de Yate con asignaturas aprobadas en convocatorias anteriores, nada se especifica en la nueva norma si bien es de esperar que sigan respetando las asignaturas aprobadas como venían haciendo hasta ahora. Los antiguos titulados de Motor 2ª, Motor 1ª o de embarcaciones deportivas a vela obtendrán, a su renovación, el título de PNB directamente, o el de PER si hacen las prácticas de PER antes del 3 de noviembre de 2008. Si las realizan después de esta fecha tendrán que realizar también las de radio. Los antiguos titulados de Patrón de Litoral obtendrán a su renovación el de PER, o el de Yate si hacen las prácticas de Patrón de Yate antes del 3 de noviembre de 2008. Si las hacen después, tendrían que realizar además, las de radio. Los antiguos titulados de Patrón de Altura, obtendrán a su renovación el título de capitán de Yate |
NORMATIVA 2014
A pocas fechas para entrar en el año 2014, la ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, pronto será historia.
La Dirección General Marina Mercante (DGMM) a falta de revisar las alegaciones, está ultimando su nueva orden ministerial en la que pretende potenciar al sector náutico de recreo.
Cerramos el año 2013 con noticias positivas como el crecimiento de matriculaciones con respecto al año anterior del 16% con este dato, parece detenerse el continuo decrecimiento que desde el año 2008 venía sucediendo.
Diversos sectores del mundo náutico hace un tiempo que estaban presionando en pro de activar el sector demandando una mayor competitividad y un mercado más dinámico.
Nuevos requisitos para todas las titulaciones náuticas de recreo y para las escuelas náuticas.
La D.G.M.M. ha trabajado conjuntamente con la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN) hasta llegar a elaborar un borrador sobre la nueva normativa.
Todo ello sin olvidar que el objetivo principal de esta normativa es la seguridad de la vida humana en la mar.
Otro de los objetivos sin duda, es potenciar la reactivación del sector náutico.
Ahora estamos en la fase de alegaciones en las que por ejemplo, ANAVRE ha presentado las suyas y quizá la misma ANEN, para intentar mejorar el que será el texto definitivo.
Cuando la Dirección General de Marina Mercante (DGMM) revise todas las alegaciones, el proyecto continuará con su proceso legislativo que concluirá con su entrada en vigor con su correspondiente Real Decreto.
Con la nueva normativa España pretende un acercamiento a la legislación europea que regula el tema de la náutica.
Se puede apreciar que hay muchas partes de teoría que se quitan de todas las titulaciones, se facilita el acceso a los títulos y que hay un incremento de horas de prácticas.
Aumentan atribuciones y eslora para navegar en títulos como patrón de navegación básica, patrón de embarcación de recreo y patrón de yate.
Las federaciones náutico-deportivas y de vela podrán examinar y expedir la titulación de Patrón de Navegación Básica así como el Certificado de Navegación (hasta la fecha, Autorización Federativa o "titulín").
La Administración propone que las embarcaciones de prácticas de las escuelas náuticas tengan un AIS a bordo para poder controlar que efectivamente estas embarcaciones navegan las horas mínimas de prácticas que se estipulan. Las escuelas que no realizan las horas mínimas de formación y salen a pasear a los alumnos que tomen buena nota.
Esta nueva exigencia supondrá para ellos un desembolso adicional.
Se propone reforzar los conocimientos de radiocomunicaciones de los futuros patrones incrementando cada una de las actuales titulaciones náuticas. Para PER, Py y CY serán 16 horas de prácticas.
Por tanto, aunque estos nuevos requisitos, quizás excesivos, encarecerán la obtención de las titulaciones náuticas.
Se implanta los test como método para examinar, lo que permite a los examinadores una fiable, rápida y cómoda corrección de los exámenes y publicación de las calificaciones.
Una vez aprobada la nueva normativa, habrá seis meses de tiempo para aprobar las asignaturas pendientes de la actual normativa ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre.
En aumento de prácticas de navegación y radio está bien, pero no olvidemos que para muchos aspirantes a titulaciones, son "prácticas pasivas al Sol" aunque suponga un coste adicional par su bolsillo.
• Se permitirá navegar sin necesidad de título:
Durante el día, y siempre que no se alejen más de 5 millas náuticas de un puerto marina o lugar de abrigo (actualmente es sólo para zonas delimitadas por capitanía), a las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,03 KW (15 CV) y de hasta 4 metros de eslora.
En el caso de la vela, la eslora se amplía hasta los 5 metros.
• Certificado de Navegación:
Sustituye a la actual Autorización Federativa (titulín) y que se permite expedir a las escuelas y federaciones náutico-deportivas.
Se elimina la limitación de potencia de la licencia Autorización Federativa, que con la nueva normativa permitirá gobernar embarcaciones de hasta seis metros de eslora y con potencia recomendada por el fabricante.
• Patrón de Navegación Básica:
Los exámenes de PNB los podrán realizar las escuelas y federaciones náutico-deportivas.
Si apruebas el PNB, te aprueba asignaturas del PER eso facilita estos exámenes, te podrás examinar del PNB casi cuando quieres y el PER es más asequible.
Una vez superada la teoría para obtener el PNB, no será necesario repetirla para acceder al PER.
Radiocomunicaciones PNB pasa de 2 horas de prácticas a 8 horas.
El examen teórico consistirá en 20 preguntas tipo test, actualmente 40.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites geográficos del párrafo anterior.
• Patrón de Embarcaciones de Recreo:
Aparecen dos cursos nuevos operador de radio y operador de radio de largo alcance este último exigible a un PER, que solo tiene un VHF y se le añaden 8h de teoría y 8 de práctica.
Son aparatos de radio que no utilizará pero sí deberá conocerlos...
Incomprensible que en navegación se le quiten los problemas de corrientes, es decir a menos de 12 millas de la costa "no hay corrientes ni abatimiento" ¿Realmente es necesario prescindir de estos temas de conocimiento a un PER?
También se elimina la parte teórica de Radiocomunicaciones y de Propulsión Mecánica.
Radiocomunicaciones PER pasa de 2 horas de prácticas a 16 horas.
El examen teórico consistirá en 45 preguntas tipo test, actualmente 75.
Atribuciones:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites geográficos de los párrafos anteriores.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares, en este caso serán 24 horas de prácticas (16+8).
Gobierno de embarcaciones de recreo a vela, que faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
Aumento de eslora de 12 á 24 metros.
• Patrón de Yate:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor en todo el ámbito del mar Mediterráneo.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 100 millas náuticas.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites geográficos de los párrafos anteriores.
El examen teórico consistirá en 40 preguntas tipo test.
Se eliminan la asignaturas de Legislación y Procedimientos Radiotelefónicos.
Radiocomunicaciones PY pasa de 4 horas de prácticas a 16 horas.
La eslora aumenta de 20 á 24 metros.
• Capitán de Yate:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
Gobierno de motos náuticas, sin límites geográficos.
Gobierno de embarcaciones de recreo a vela, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
Radiocomunicaciones CY pasa de 6 horas de prácticas a 16 horas.
Se elimina el examen teórico de Radiocomunicaciones, Teoría del Buque y la parte oral del examen de Inglés.
No habrá cinemática, GPS, magnetismo ni giroscópica.
El examen teórico consistirá en 40 preguntas tipo test.
• Otro tema a considerar en un futuro próximo relacionado con los PPER:
Se contempla la posibilidad de que los títulos náuticos de PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate puedan facultar a desarrollar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo.
No obstante, por requisitos legislativos, esta cuestión será tratada en un Real Decreto que se tramitará en paralelo a la Orden Ministerial.
• ¿Cuándo se espera que entre la nueva normativa en vigor?
En principio hay lluvia de alegaciones ya que el borrador ha provocado el rechazo de una parte de empresas náuticas, federaciones deportivas y escuelas náuticas.
El sentir mayoritario es que los cambios propuestos hacen pensar que supondrán un retroceso en la náutica de recreo y un descenso del número de titulados náuticos en los próximos años.
Algunas Comunidades Autónomas ya se han mostrado en contra de que se cedan los exámenes a las federaciones deportivas y a las escuelas náuticas, por la pérdida de ingresos que supondrá para estas y por la ausencia de garantías de que los exámenes se realicen con el rigor y seriedad necesario.
Uno de los inconvenientes es el incremento del coste para acceder a las titulaciones, por el aumento de horas de prácticas.
Ha llamado la atención el aumento de las atribuciones del Patrón de Embarcaciones de Recreo, patronear embarcaciones de hasta 24 metros con solo dieciséis horas de prácticas (24 horas de práctica si se habilita para poder desplazarse de la Península a Baleares), ninguna de ellas nocturna.
Ante el descontento generalizado, surgen una serie de dudas...
¿La Dirección General de la Marina Mercante impondrá su criterio frente a gran parte del sector?
¿Convocarán nuevas reuniones de trabajo para acercar posturas?
¿Descartará finalmente el cambio de normativa?
Hay que reconocer que es imposible redactar una nueva normativa que satisfazga a todas las empresas del sector como las academias, profesores, alumnos, marinos mercantes, etc., es de suponer que una vez revisadas las alegaciones y con las modificaciones que la D.G.M.M. crea oportunas, se plasme en un nuevo Real Decreto del 2014 que derogue al actual vigente.
La Dirección General Marina Mercante (DGMM) a falta de revisar las alegaciones, está ultimando su nueva orden ministerial en la que pretende potenciar al sector náutico de recreo.
Cerramos el año 2013 con noticias positivas como el crecimiento de matriculaciones con respecto al año anterior del 16% con este dato, parece detenerse el continuo decrecimiento que desde el año 2008 venía sucediendo.
Diversos sectores del mundo náutico hace un tiempo que estaban presionando en pro de activar el sector demandando una mayor competitividad y un mercado más dinámico.
Nuevos requisitos para todas las titulaciones náuticas de recreo y para las escuelas náuticas.
La D.G.M.M. ha trabajado conjuntamente con la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN) hasta llegar a elaborar un borrador sobre la nueva normativa.
Todo ello sin olvidar que el objetivo principal de esta normativa es la seguridad de la vida humana en la mar.
Otro de los objetivos sin duda, es potenciar la reactivación del sector náutico.
Ahora estamos en la fase de alegaciones en las que por ejemplo, ANAVRE ha presentado las suyas y quizá la misma ANEN, para intentar mejorar el que será el texto definitivo.
Cuando la Dirección General de Marina Mercante (DGMM) revise todas las alegaciones, el proyecto continuará con su proceso legislativo que concluirá con su entrada en vigor con su correspondiente Real Decreto.
Con la nueva normativa España pretende un acercamiento a la legislación europea que regula el tema de la náutica.
- ¿Cómo serán las nuevas titulaciones náuticas de recreo en España?
Se puede apreciar que hay muchas partes de teoría que se quitan de todas las titulaciones, se facilita el acceso a los títulos y que hay un incremento de horas de prácticas.
Aumentan atribuciones y eslora para navegar en títulos como patrón de navegación básica, patrón de embarcación de recreo y patrón de yate.
Las federaciones náutico-deportivas y de vela podrán examinar y expedir la titulación de Patrón de Navegación Básica así como el Certificado de Navegación (hasta la fecha, Autorización Federativa o "titulín").
La Administración propone que las embarcaciones de prácticas de las escuelas náuticas tengan un AIS a bordo para poder controlar que efectivamente estas embarcaciones navegan las horas mínimas de prácticas que se estipulan. Las escuelas que no realizan las horas mínimas de formación y salen a pasear a los alumnos que tomen buena nota.
Esta nueva exigencia supondrá para ellos un desembolso adicional.
Se propone reforzar los conocimientos de radiocomunicaciones de los futuros patrones incrementando cada una de las actuales titulaciones náuticas. Para PER, Py y CY serán 16 horas de prácticas.
Por tanto, aunque estos nuevos requisitos, quizás excesivos, encarecerán la obtención de las titulaciones náuticas.
Se implanta los test como método para examinar, lo que permite a los examinadores una fiable, rápida y cómoda corrección de los exámenes y publicación de las calificaciones.
Una vez aprobada la nueva normativa, habrá seis meses de tiempo para aprobar las asignaturas pendientes de la actual normativa ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre.
En aumento de prácticas de navegación y radio está bien, pero no olvidemos que para muchos aspirantes a titulaciones, son "prácticas pasivas al Sol" aunque suponga un coste adicional par su bolsillo.
• Se permitirá navegar sin necesidad de título:
Durante el día, y siempre que no se alejen más de 5 millas náuticas de un puerto marina o lugar de abrigo (actualmente es sólo para zonas delimitadas por capitanía), a las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,03 KW (15 CV) y de hasta 4 metros de eslora.
En el caso de la vela, la eslora se amplía hasta los 5 metros.
• Certificado de Navegación:
Sustituye a la actual Autorización Federativa (titulín) y que se permite expedir a las escuelas y federaciones náutico-deportivas.
Se elimina la limitación de potencia de la licencia Autorización Federativa, que con la nueva normativa permitirá gobernar embarcaciones de hasta seis metros de eslora y con potencia recomendada por el fabricante.
• Patrón de Navegación Básica:
Los exámenes de PNB los podrán realizar las escuelas y federaciones náutico-deportivas.
Si apruebas el PNB, te aprueba asignaturas del PER eso facilita estos exámenes, te podrás examinar del PNB casi cuando quieres y el PER es más asequible.
Una vez superada la teoría para obtener el PNB, no será necesario repetirla para acceder al PER.
Radiocomunicaciones PNB pasa de 2 horas de prácticas a 8 horas.
El examen teórico consistirá en 20 preguntas tipo test, actualmente 40.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites geográficos del párrafo anterior.
• Patrón de Embarcaciones de Recreo:
Aparecen dos cursos nuevos operador de radio y operador de radio de largo alcance este último exigible a un PER, que solo tiene un VHF y se le añaden 8h de teoría y 8 de práctica.
Son aparatos de radio que no utilizará pero sí deberá conocerlos...
Incomprensible que en navegación se le quiten los problemas de corrientes, es decir a menos de 12 millas de la costa "no hay corrientes ni abatimiento" ¿Realmente es necesario prescindir de estos temas de conocimiento a un PER?
También se elimina la parte teórica de Radiocomunicaciones y de Propulsión Mecánica.
Radiocomunicaciones PER pasa de 2 horas de prácticas a 16 horas.
El examen teórico consistirá en 45 preguntas tipo test, actualmente 75.
Atribuciones:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites geográficos de los párrafos anteriores.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares, en este caso serán 24 horas de prácticas (16+8).
Gobierno de embarcaciones de recreo a vela, que faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
Aumento de eslora de 12 á 24 metros.
• Patrón de Yate:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor en todo el ámbito del mar Mediterráneo.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 100 millas náuticas.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites geográficos de los párrafos anteriores.
El examen teórico consistirá en 40 preguntas tipo test.
Se eliminan la asignaturas de Legislación y Procedimientos Radiotelefónicos.
Radiocomunicaciones PY pasa de 4 horas de prácticas a 16 horas.
La eslora aumenta de 20 á 24 metros.
• Capitán de Yate:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
Gobierno de motos náuticas, sin límites geográficos.
Gobierno de embarcaciones de recreo a vela, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
Radiocomunicaciones CY pasa de 6 horas de prácticas a 16 horas.
Se elimina el examen teórico de Radiocomunicaciones, Teoría del Buque y la parte oral del examen de Inglés.
No habrá cinemática, GPS, magnetismo ni giroscópica.
El examen teórico consistirá en 40 preguntas tipo test.
• Otro tema a considerar en un futuro próximo relacionado con los PPER:
Se contempla la posibilidad de que los títulos náuticos de PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate puedan facultar a desarrollar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo.
No obstante, por requisitos legislativos, esta cuestión será tratada en un Real Decreto que se tramitará en paralelo a la Orden Ministerial.
• ¿Cuándo se espera que entre la nueva normativa en vigor?
En principio hay lluvia de alegaciones ya que el borrador ha provocado el rechazo de una parte de empresas náuticas, federaciones deportivas y escuelas náuticas.
El sentir mayoritario es que los cambios propuestos hacen pensar que supondrán un retroceso en la náutica de recreo y un descenso del número de titulados náuticos en los próximos años.
Algunas Comunidades Autónomas ya se han mostrado en contra de que se cedan los exámenes a las federaciones deportivas y a las escuelas náuticas, por la pérdida de ingresos que supondrá para estas y por la ausencia de garantías de que los exámenes se realicen con el rigor y seriedad necesario.
Uno de los inconvenientes es el incremento del coste para acceder a las titulaciones, por el aumento de horas de prácticas.
Ha llamado la atención el aumento de las atribuciones del Patrón de Embarcaciones de Recreo, patronear embarcaciones de hasta 24 metros con solo dieciséis horas de prácticas (24 horas de práctica si se habilita para poder desplazarse de la Península a Baleares), ninguna de ellas nocturna.
Ante el descontento generalizado, surgen una serie de dudas...
¿La Dirección General de la Marina Mercante impondrá su criterio frente a gran parte del sector?
¿Convocarán nuevas reuniones de trabajo para acercar posturas?
¿Descartará finalmente el cambio de normativa?
Hay que reconocer que es imposible redactar una nueva normativa que satisfazga a todas las empresas del sector como las academias, profesores, alumnos, marinos mercantes, etc., es de suponer que una vez revisadas las alegaciones y con las modificaciones que la D.G.M.M. crea oportunas, se plasme en un nuevo Real Decreto del 2014 que derogue al actual vigente.
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